Obligatorio diagnóstico de dispositivos médicos.
- Los diagnósticos por ultrasonido durante el embarazo deben realizarse de manera rutinaria (ver también en "Notas adicionales") [incluida la determinación de si hay un exceso del percentil 75 de circunferencia abdominal fetal / circunferencia abdominal (AU) (= sustrato morfológico de exceso fetal ("infantil") ) secreción de insulina]
- Se debe advertir a las mujeres embarazadas que hayan sufrido previamente diabetes gestacional sobre la necesidad de realizar un examen ecográfico de la translucidez nucal fetal (NT) a las 11-14 semanas de gestación.
- El diagnóstico diferencial de órganos debe realizarse a las 19-22 semanas de gestación en mujeres embarazadas diagnosticadas con diabetes gestacional antes de las 24 semanas de gestación y con factores de riesgo adicionales presentes
- En el tercer trimestre (tercer trimestre de el embarazo), la biometría debe realizarse con regularidad a intervalos cortos para evaluar los patrones de crecimiento fetal (especialmente: diámetro transverso abdominal ATD (externo-externo) / diámetro abdominal medido transversalmente).
- En gestacional diabetes insulina terapia forestal, Los controles CTG están indicados a partir de las 32 semanas de gestación.
Notas adicionales
- Un grupo Cochrane australiano concluye lo siguiente sobre el tema de exceder el percentil 75 de la circunferencia abdominal fetal (AU): Biometría fetal adicional (“medición fetal por ultrasonido") comparado con sangre glucosa auto-monitoreo (AMG) por sí solo no tuvo un efecto estadísticamente significativo sobre los resultados maternos, fetales y neonatales relevantes.